Tipos de anuncios que publicamos

ANUNCIOS FINANCIEROS:
Anuncios que hay que publicar en el BORME (Boletín Oficial del Registro Mercantil) y/o en Prensa de acuerdo a la Ley de Sociedades Anónimas:

  • Junta General Ordinaria y Extraordinaria S.A., S.L., SICAVS, ...
  • Fusiones.
  • Escisiones.
  • Reducción de Capital.
  • Aumento de Capital.
  • Disolución y Liquidación de Sociedades.
  • Balance/Liquidación.
  • Canje de Acciones.
  • Trasmisión de Acciones.
  • Emisión de Acciones.
  • Emisión de Obligaciones.
  • Pago de Dividendos.
  • Trasformaciones de Empresas.

Infórmese sobre nuestro SERVICIO DE CERTIFICACIÓN ELECTRÓNICA especialmente diseñado para ofrecer las máximas garantías a las PUBLICACIONES SOCIETARIAS EN WEB:

  • Certificación de inalterabilidad de contenido y de sellado del tiempo emitida por PSC
  • Revisión Previa de los textos de cada anuncio en la Web antes de ser Certificados electrónicamente
  • Evidencia electrónica frente a terceros con valor probatorio ante una posible impugnación de la Junta de Accionistas

ANUNCIOS PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:

  • Anuncios de Subastas y Concursos, según la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, a publicar en BOE y Boletines de Comunidades Autónomas.
  • Otros anuncios en oficiales según la Ley de Haciendas Locales, Ley del Suelo, etc. a publicar en Boletines Oficiales y/o Prensa.

ANUNCIOS DE EXPROPIACIONES:

  • Anuncios en BOE y prensa de Levantamiento de Actas previas a la ocupación.
  • Anuncios en BOE y prensa de Trámite de Información Pública.

EDICTOS:

  • Resoluciones Judiciales que por Ley se deben publicar en el Boletín Oficial del Estado o en los diferentes Boletines Provinciales.

Plazos de publicación

GARANTIZAMOS la publicación de los anuncios con arreglo a los siguientes plazos, siempre que el cliente nos dé el conforme a la publicación antes de las 11.00 horas:

SOPORTE TARIFA NORMAL TARIFA URGENTE
BOE 5-7 días laborables 24/48 horas
BORME* 5-7 días laborables 24/48 horas
BOCM 10-15 días 48-72 horas
BOLETINES PROVINCIALES Los plazos varían según el Boletín.
PRENSA 24-48 horas (según condiciones del periódico)
  • La tarifa normal no permite asegurar un día concreto de publicación. Cuando esto sea necesario, habrá que recurrir a la urgencia.

¡Sus anuncios societarios y oficiales
con la garantía de estar en las mejores manos!

Publicación Certificada en Web

  • Certificación de inalterabilidad de contenido y de sellado del tiempo emitida por PSC

  • Revisión Previa de los textos de cada anuncio en la Web antes de ser Certificados electrónicamente

  • Evidencia electrónica frente a terceros con valor probatorio ante una posible impugnación de la Junta de Accionistas


OBJETIVOS Y NECESIDADES

  • Acreditar fehacientemente que el anuncio societario en cuestión (Junta General de Accionistas o acto jurídico del que se trate) se ha ubicado en la Web en un momento preciso en el tiempo.

  • Acreditar que dicho anuncio no ha sido modificado en un transcurso de tiempo (entre el momento X y el momento Y)

  • Acreditar que 24 horas y 7 días a la semana está disponible on line el mencionado anuncio.

  • Custodiar el archivo (pdf) y el certificado de sellado de tiempo, para que sea recuperable su contenido y su fehaciencia para ser utilizado en el caso de que un accionista o tercero pueda efectuar reclamación.

-INALTERABILIDAD DE CONTENIDOS

-GARANTÍA DE ACCESIBILIDAD

-CUSTODIA DE LAS PRUEBAS

-GARANTÍA DE DISPONIBILIDAD DE LA PUBLICACIÓN EN PLAZOS

NORMATIVA LEGAL

Art. 173 – forma de la convocatoria:

En la actualidad, y conforme establece el art. 173 de la LSC, la Junta General será convocada mediante anuncio publicado en la página web , siempre que esté inscrita y publicada en el Registro Mercantil. De no ser así, las inserciones que se realicen en ella no tendrán efectos jurídicos. Si la sociedad no ha acordado la creación de la web o no estuviera debidamente inscrita y publicada, la convocatoria se publicará en BORME y un diario de mayor circulación de la provincia.

Adicionalmente, los estatutos podrán establecer mecanismos adicionales de publicidad a los previstos en la Ley e imponer a la sociedad la gestión telemática de un sistema de alerta a los socios de los anuncios de convocatoria insertados en la web de la sociedad.

La sociedad garantizará la seguridad de la página web, la autenticidad de los documentos publicados en esa página, así como el acceso gratuito a la misma con posibilidad de descarga e impresión de lo insertado en ella.

La carga de la prueba del hecho de la inserción de los documentos en la página web y la fecha en la que se ha producido corresponderá a la sociedad.

Los administradores tienen el deber de mantener lo insertado en la web durante el tiempo exigido por la ley y responderán solidariamente con la sociedad frente a los socios, acreedores, trabajadores y terceros de los perjuicios causados por la interrupción temporal de acceso a la web, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

Para acreditar que lo insertado en la web se ha mantenido el tiempo exigido por la ley, será suficiente la declaración de los administradores, pero podrá ser desvirtuada por cualquier interesado mediante cualquier prueba admisible en Derecho.

Si el acceso a la página queda interrumpido por plazo superior a dos días consecutivos o cuatro alternos, no podrá celebrarse la junta convocada, salvo que el total de días de publicación efectiva fuera igual o superior al término exigido por la ley.

Certificamos cualquier tipo de documento alojado en su web.

Actualmente este servicio lo demandan mayoritariamente por grandes empresas y empresas cotizadas, entidades financieras, etc. que quieren dar la máxima garantía a sus accionistas.